Redacción. Madrid
El último pleno del Consejo Económico y Social (CES) ha aprobado el dictamen sobre el texto refundido de la Ley 29/2006 de Garantías y Uso Racional de Medicamentos y Productos Sanitarios, que incorpora las normas aparecidas en los últimos años para hacer frente, principalmente, al aumento del gasto farmacéutico. En él considera que los añadidos al texto que no figuraban en las normas integradas están injustificados y llevan a confusión.
Así, el dictamen llama la atención sobre modificaciones introducidas que afectan al contenido de la legislación vigente, “excediendo así el mandato de la autorización refundidora”, y que el CES “no considera aceptables”.
Por ejemplo, en el artículo 14, referente a las garantías de identificación de medicamentos y principios activos, se añade la frase “sin perjuicio de las competencias del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad para excluirlos como medicamentos sustitutivos” en referente a los genéricos, dando a entender que éstos no siempre tendrán esta condición, frase que “no resulta justificada, puesto que no proviene de ninguna de las normas que se refunden” y restringiría además las competencias de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps).
Marcos Peña, presidente del CES.
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Más grave si cabe, en el artículo 80, relativo a la publicidad de medicamentos, el nuevo texto “suprime injustificadamente” la prohibición de “primas, obsequios, premios, concursos, bonificaciones o similares como métodos vinculados a la promoción o venta al público” de los fármacos.
Otros añadidos innecesarios y que conducen a equívoco, según el CES, se refieren al sistema de precios. En el artículo 95 se introduce que los medicamentos no financiados se acogen al régimen de precios libres, lo que “puede inducir a confusión sobre su alcance” y que los precios notificados se admitirán en el ámbito hospitalario pero no para oficinas de farmacia, distinción que para el órgano consultivo puede tener “preocupantes” consecuencias. En general, los cambios introducidos que exceden el ámbito de la refundición son injustificados para el Consejo Económico y Social.
Analizar el impacto de las normas en el sistema
Por otro lado, el órgano consultivo cree “llegado el momento de abordar una evaluación del impacto de las medidas de mayor calado entre las que han ido aprobándose desde el año 2006”, así como de contrastar sus resultados con las previsiones que incluyeron estas propias normas.
“Esta dinámica de producción de modificaciones normativas en aluvión y por el procedimiento de urgencia”, explica el documento, “ha ido en detrimento de la necesaria seguridad jurídica, la estabilidad normativa que requiere el sector y la participación sosegada de los agentes implicados”.
Además, considera que un proyecto de tal envergadura “debería haber sido sometido a los pertinentes procedimientos de consulta”. Por ejemplo, el Comité Consultivo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, pero también las “distintas organizaciones sindicales y empresariales más representativas”.
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