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Martes, 25 de marzo de 2014   |  Número 37
AUTONOMÍAS
PARA TRANSFERIR MEDICAMENTOS A HOSPITAL
El TSJA niega a la Junta de Andalucía las competencias en política farmacéutica
Miguel Ángel Calleja indica que “seguiremos dispensando esos medicamentos hasta que llegue la nueva orden”

Redacción / Marcos Domínguez. Madrid
La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, en Granada, ha negado que la Junta pueda trasladar la dispensación de medicamentos de oficina de farmacia a hospital, dado que esta competencia y las referentes a política farmacéutica son exclusivas del Estado.

De esta manera el tribunal regional estima el recurso interpuesto por la Confederación Empresarial de Oficinas de Farmacia de Andalucía (Ceofa) contra la resolución de la gerencia del Servicio Andaluz de Salud del 15 de abril de 2011, que acordaba que determinados medicamentos para tratamientos extra-hospitalarios fuesen dispensados de forma exclusiva por los servicios de farmacia hospitalaria andaluces, excluyéndolos de este modo de las oficinas de farmacia.

En la sentencia, a la que ha tenido acceso esta publicación, se indica que “si la legislación sobre productos farmacéuticos corresponde al Estado con carácter exclusivo, es claro que su ámbito de competencia comprende un aspecto tan sustancial como son las propias condiciones de dispensación de tales productos más cuando lleva conforme a los preceptos señalados a la realización de un juicio, análisis o examen de la peligrosidad o riesgo del producto que exija una particular vigilancia, supervisión y control del equipo multidisciplinario de atención a la salud, que determine la atribución de la dispensación a los servicios de farmacia de hospitales con exclusión de las oficinas de farmacia legalmente autorizadas ”.

Además, el tribunal indica que la idea de esta normativa es la de “dar mayor cohesión al Sistema evitando discriminaciones que se puedan dar en función del lugar de residencia de los pacientes”.

Los grupos terapéuticos que se hubieran ‘mudado’ de botica a hospital hubieran sido las gonadotrofinas y otros estimulantes de la ovulación, hormonas hipotalámicas, agentes alquilantes, antimetabolitos, alcaloides de plantas y otros productos naturales, antibióticos citotóxicos y sustancias relacionadas, otros agentes antineoplásicos, hormonas y otros agentes relacionados, e inmunosupresores.

José Luis Márquez, presidente de la patronal, agradece “la contundencia de la sentencia, sobre todo al señalar la falta de competencia por parte del SAS”. Con todo, la Junta cuenta con un plazo de 10 días para presentar un recurso de casación.

“Vuelta a la normalidad”

Desde el Consejo Andaluz de Farmacéuticos valoran positivamente la sentencia del TSJA. Su presidente, Antonio Mingorance, ha señalado a esta publicación que se trata de “una vuelta a la normalidad en este tema”. “Es en las oficinas de farmacia donde el medicamento está más cerca de los ciudadanos”. Sin embargo, también ha destacado que este hecho “no es un caso aislado”, y que situaciones parecidas se están viviendo en otras comunidades autónomas, si bien es de Andalucía de donde procede la primera decisión judicial firme en este aspecto.

Por su parte, los farmacéuticos de la red de hospitales públicos de Andalucía asumen la decisión pero “seguiremos dispensando esos medicamentos hasta que llegue la nueva orden”, ha explicado Miguel Ángel Calleja, jefe de Farmacia del Virgen de las Nieves (Granada) y vicepresidente de la Sociedad Española de Farmacia Hospitalaria (SEFH). Estos fármacos, “por motivos de seguridad, son objeto de un seguimiento estrecho”, especialmente en oncológicos orales. Calleja también ha señalado que “la capilaridad de la oficina de farmacia va a generar un acceso más cercano”, pero reconociendo a su vez el “sustancial ahorro” para la Administración el hecho de que no tuviera que pagar los márgenes de la distribuidora y de la oficina de farmacia.

Este es el segundo frente judicial por la ‘custodia’ de la política farmacéutica que pierde la Junta de Andalucía, después de que el Tribunal de Recursos Contractuales regional anulara los pliegos y licitaciones de equivalentes terapéuticos. La batalla legal ya se había dado, y se mantiene, en el caso de las subastas de medicamentos, aunque el Tribunal Constitucional, según ha podido saber esta publicación, no ha recibido recurso alguno por parte del Ministerio de Sanidad.

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