Política de cookies

Utilizamos cookies propias y de terceros para recopilar información que ayuda a optimizar su visita. Las cookies no se utilizan para recoger información de carácter personal. Usted puede permitir su uso o rechazarlo, también puede cambiar su configuración siempre que lo desee. Al continuar con la navegación entendemos que se acepta nuestra política de cookies.

Martes, 20 de diciembre de 2011   |  Número 18
actualidad
PARA DOCUMENTOS EMITIDOS POR LOS PROCEDIMIENTOS AUTOMATIZADOS
La Aemps crea ‘sellos electrónicos’ y regula la utilización de un sistema de códigos seguros
El sello electrónico podrá ser utilizado en cualesquiera actuaciones automatizadas de la Agencia

Redacción. Madrid
En los últimos años, la Agencia Española de Medicamentos (Aemps) ha venido emitiendo resoluciones a procedimientos utilizando medios electrónicos. Para garantizar la identidad del órgano competente, en dichas resoluciones se han usado sistemas de firma electrónica de personal al servicio de las Administraciones Públicas. Ahora la Agencia da un paso más.

Belén Crespo, directora de la Aemps.

En este momento, la Aemps, “en su permanente vocación de aprovechar la oportunidad que brindan las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones a fin de mejorar el servicio que se presta a los ciudadanos en condiciones de máxima seguridad jurídica, considera necesario empezar a usar, además de sistemas de firma electrónica de personal al servicio de las Administraciones Públicas, otros basados en el uso de ‘Sellos electrónicos’, admitidos en el artículo 38 de la Ley 11/2007 y regulados en los artículos 18 de la Ley 11/2007, y 19 del Real Decreto 1671/2009”, según ha dado a conocer la Agencia.

Como requisito legal previo se ha aprobado una Resolución de la Subsecretaría de Sanidad, Política Social e Igualdad, por la se crean legalmente esos certificados y se regulan los requisitos legales y técnicos que han de cumplir.

Entre los más importantes, la Aemps destaca la responsabilidad tanto de su utilización como a efectos de impugnación corresponderá a la Secretaría General, a la que se halla adscrita la División de Sistemas de Información; que las características técnicas generales del sistema de firma y certificado aplicable serán las derivadas de los Esquema Nacionales de Seguridad e Interoperabilidad, y que podrá validarse el certificado en que se basa el sello electrónico de la Aemps tanto a través de la plataforma general de verificación, responsabilidad del Ministerio de Política Territorial y Administración Pública (@firma), como en la propia sede electrónica del Ministerio de Sanidad, Política Social e Igualdad. Por último, destaca que “el sello electrónico podrá ser utilizado en cualesquiera actuaciones automatizadas de la Aemps”.

Código seguro

Además, la Aemps ha dado a conocer que, en cumplimiento de la normativa y “a efectos de proporcionar un modo alternativo de firma electrónica de los documentos electrónicos imprimibles emitidos, que facilite su uso en entornos no automatizados, ha optado por dotar a éstos de un código seguro de verificación o localizador”.

Así, todos los documentos emitidos por la Agencia y firmados electrónicamente llevarán impreso un localizador en su pie de página de forma que la validez de las copias impresas en papel de los mismos pueda comprobarse en la oficina virtual de la Aemps.

| La información que figura en esta edición digital está dirigida exclusivamente al profesional destinado a prescribir o dispensar medicamentos por lo que se requiere una formación especializada para su correcta interpretación |

© 2004 - 2024 Sanitaria 2000, S.L.U. - Todos los derechos reservados.
agencia interactiva iberpixel.com