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Jueves, 17 de septiembre de 2015   |  Número 70
actualidad
Ya están enviando sus sugerencias a sanidad
Las CCAA reclaman una definición “flexible” de los IPT en el RD de precios y financiación
Piden que sea “una herramienta de orientación”, no de imposición

Eduardo Ortega Socorro. Madrid
Aunque es “muy difícil”, como ha reconocido el propio Agustín Rivero, director general de Cartera Básica de Servicios y Farmacia, que el proyecto de real decreto de precios y financiación de los medicamentos salga adelante durante esta legislatura, el trabajo burocrático para sacar adelante esta iniciativa para reformular la política de reembolso continúa.

Agustín Rivero, director general de Cartera Básica de Servicios del SNS y Farmacia.

Según ha podido saber esta publicación por fuentes autonómicas, el Ministerio de Sanidad ya ha recibido algunas de las aportaciones e impresiones de las regiones al documento, después de la reunión que mantuvieron sus representantes con el propio Rivero durante la Comisión de Farmacia celebrada a finales del pasado julio.

En términos generales, las regiones ven con buenos ojos el texto, aunque proponen algunos cambios, matices y más concreción en algunos aspectos del redactado. Sin embargo, muestran su oposición al abordaje que hace de unos informes de posicionamiento terapéutico (IPT) que ‘oficializa’, algo que no se había hecho hasta ahora.

Más concretamente, las comunidades autónomas piden que el documento refleje que los IPT deben ser “una herramienta de orientación flexible”, cuentan desde las regiones, “que nos permita trabajar dentro de un orden establecido, pero con cierta libertad de acción y flexibilidad”.

Carácter vinculante

Tal y como está redactado el real decreto, del que ya ha informado este medio, el IPT “tendrá una base científico-técnica común para todo el Sistema Nacional de Salud (SNS) y carácter vinculante. Por tanto, ninguna otra administración pública podrá elaborar informes de comparación para medicamentos incluidos en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud que contradigan, modifiquen o restrinjan el informe de posicionamiento terapéutico elaborado por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (Aemps) para su aplicación en todo el SNS”.

 

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